La Diputada porteña Adriana Montes (Coalición Cívica), visitó este sábado 28 de agosto el Mercado de las Pulgas y pidió a Macri que "finalice la remodelación que había prometido para marzo de 2010".
La Legisladora además manifesto su preocupación por el deterioro de las obras realizadas hasta el momento en el lugar. Montes realizó estas declaraciones luego de recorrer el Mercado junto al pre candidato a jefe de gobierno por la Coalición Cívica, Adrián Pérez, al secretario de coordinación de la Legislatura Porteña, Facundo Di Filippo y a todo el bloque de legislaciones de la CC.
" El Gobierno Porteño postergó por quinta vez consecutiva su reapertura, no hay información oficial sobre el atraso de las obras, los únicos datos disponibles surgen de notas periodísticas que anunciaban para marzo de 2010 la inauguración del Mercado de las Pulgas, plazo ya vencido", manifesto la legisladora luego de dialogar con los puesteros.
Asimismo, la diputada comentó que "en la acutalidad, las obras que estan en un 80 por ciento avanzadas, comenzaron a deteriorarse, se ven paredes agrietadas, voladuras de chapas, vidrios rotos y filtraciones", detallá.
Po último, Montes también denunció el estado de hacinamiento y precariedad en el que trabajan los puesteros que se trasladaron provisoriamente en el año 2006 y agregó que presentó un pedido de informes en la Legislatura porteña por este tema.
La gente de la Comuna 12 también acompaño a la Diputada Montes.
Fuente: Ciudad1
lunes, 30 de agosto de 2010
miércoles, 25 de agosto de 2010
Estado de Emergencia
PROYECTO DE LEY
ARTÍCULO 1°.-Declarase el estado de emergencia por lo dispuesto en la Ley N° 2553 "Criterio de Criticidad- Establecimiento" art. 4° inc.c), en los términos de lo establecido en el art. 6° de la mencionada ley.
ARTÍCULO 2°.-Encomiéndase al Poder Ejecutivo la suspensión de la actividad mencionada en el art. 1° con el alcance y las medidas que establezca la reglamentación de la presente ley.
ARTÍCULO 3°.-Comuníquese, etc.
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
En los últimos días se ha escuchado reiteradamente por los medios de comunicación en referencia a la tragedia de Villa Urquiza, frases tales como: "Actuamos espasmódicamente hasta el próximo muerto" o "Si tal o cual inspector hubiese ido, etc, etc", también se ha hecho referencia a la necesidad de adecuar la normativa especifica a los tiempos, y esto es cierto y es tarea nuestra, tan cierto como que no se puede esperar a que suceda otro hecho.
En noviembre del año 2007 se sancionó la Ley N° 2553 "Criterio de Criticidad- Establecimiento", la misma fue promulgada por Decreto 1854/007, el 6 de diciembre del 2007 (publicada BOCBA N° 2827 de 07/12/2007), en la que se establece en su art. 1° "…clasificar establecimientos, actividades, sitios, zonas, maquinarias, elementos o sustancias; objetos del control comunal; que importen un riegos mayor para la seguridad de las personas y de sus bienes y con la finalidad de otorgar habilitaciones y permisos, ejecutar procedimientos de fiscalización y control, planificar, evaluar, prevenir, inspeccionar y en general realizar funciones de control comunal…"
Asimismo, la Ley N° 2553 menciona en su art. 4° cuales son las actividades críticas, en el inc. c) se refiere a "…Las de obra, mantenimiento o demolición de construcciones y las realizadas subterráneamente o en altura…"
Conforme a la Ley N° 2553 en su art. 6° dispone: "…El Poder Ejecutivo o la Legislatura podrán declara el estado de emergencia de un tipo de actividad, establecimiento, zona o del expendio, consumo, transporte, almacenamiento de sustancia y aplicar las medidas necesarias que le confieren las leyes para prevenir, mitigar o subsanar las causas que dieron origen al estado de emergencia."
Es por todo lo expuesto, Señor Presidente, que solicito la inmediata aprobación del presente proyecto de Ley.
ARTÍCULO 1°.-Declarase el estado de emergencia por lo dispuesto en la Ley N° 2553 "Criterio de Criticidad- Establecimiento" art. 4° inc.c), en los términos de lo establecido en el art. 6° de la mencionada ley.
ARTÍCULO 2°.-Encomiéndase al Poder Ejecutivo la suspensión de la actividad mencionada en el art. 1° con el alcance y las medidas que establezca la reglamentación de la presente ley.
ARTÍCULO 3°.-Comuníquese, etc.
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
En los últimos días se ha escuchado reiteradamente por los medios de comunicación en referencia a la tragedia de Villa Urquiza, frases tales como: "Actuamos espasmódicamente hasta el próximo muerto" o "Si tal o cual inspector hubiese ido, etc, etc", también se ha hecho referencia a la necesidad de adecuar la normativa especifica a los tiempos, y esto es cierto y es tarea nuestra, tan cierto como que no se puede esperar a que suceda otro hecho.
En noviembre del año 2007 se sancionó la Ley N° 2553 "Criterio de Criticidad- Establecimiento", la misma fue promulgada por Decreto 1854/007, el 6 de diciembre del 2007 (publicada BOCBA N° 2827 de 07/12/2007), en la que se establece en su art. 1° "…clasificar establecimientos, actividades, sitios, zonas, maquinarias, elementos o sustancias; objetos del control comunal; que importen un riegos mayor para la seguridad de las personas y de sus bienes y con la finalidad de otorgar habilitaciones y permisos, ejecutar procedimientos de fiscalización y control, planificar, evaluar, prevenir, inspeccionar y en general realizar funciones de control comunal…"
Asimismo, la Ley N° 2553 menciona en su art. 4° cuales son las actividades críticas, en el inc. c) se refiere a "…Las de obra, mantenimiento o demolición de construcciones y las realizadas subterráneamente o en altura…"
Conforme a la Ley N° 2553 en su art. 6° dispone: "…El Poder Ejecutivo o la Legislatura podrán declara el estado de emergencia de un tipo de actividad, establecimiento, zona o del expendio, consumo, transporte, almacenamiento de sustancia y aplicar las medidas necesarias que le confieren las leyes para prevenir, mitigar o subsanar las causas que dieron origen al estado de emergencia."
Es por todo lo expuesto, Señor Presidente, que solicito la inmediata aprobación del presente proyecto de Ley.
Legisladores y Vecinos Ratifican el pedido de estado de emergencia en obras
Noticias Urbanas
Luego de que la legisladora Adriana Montes presentara un proyecto de ley con el objeto de declarar estado de emergencia por irregularidades en construcciones porteñas, se reunió con vecinos de la Ciudad para reforzar el pedido.
Fuente: Noticias Urbanas
Fecha: 19/08/2010
El pasado miércoles, la legisladora porteña Adriana Montes, acompañada por representantes de los bloques Proyecto Sur, Diálogo por Buenos Aires y MTS- Nueva Izquierda, recibió a vecinos de los barrios de Villa Urquiza y Villa Pueyrredón, con el objetivo de reclamar que “se declare la emergencia en diferentes zonas de la Ciudad donde se observan irregularidades en las construcciones”.
Durante el encuentro, la diputada de la CC les informó a los concurrentes que la semana pasada presentó un proyecto de ley para que el Parlamento o el Poder Ejecutivo declare el “estado de emergencia” para aquellas obras que estén en la etapa de demolición y/o excavación y en aquellas que generen un riesgo mayor para la seguridad de las personas y sus bienes.
Posteriormente Montes citó la ley 2.553, promulgada en el año 2007 que expone que “la actividad de demolición de construcciones, obras subterráneas y excavaciones son actividades críticas y por lo tanto el Poder Ejecutivo puede y debe arbitrar las medidas de prevención, fiscalización y control que esa actividad necesita”.
Luego de que la legisladora Adriana Montes presentara un proyecto de ley con el objeto de declarar estado de emergencia por irregularidades en construcciones porteñas, se reunió con vecinos de la Ciudad para reforzar el pedido.
Fuente: Noticias Urbanas
Fecha: 19/08/2010
El pasado miércoles, la legisladora porteña Adriana Montes, acompañada por representantes de los bloques Proyecto Sur, Diálogo por Buenos Aires y MTS- Nueva Izquierda, recibió a vecinos de los barrios de Villa Urquiza y Villa Pueyrredón, con el objetivo de reclamar que “se declare la emergencia en diferentes zonas de la Ciudad donde se observan irregularidades en las construcciones”.
Durante el encuentro, la diputada de la CC les informó a los concurrentes que la semana pasada presentó un proyecto de ley para que el Parlamento o el Poder Ejecutivo declare el “estado de emergencia” para aquellas obras que estén en la etapa de demolición y/o excavación y en aquellas que generen un riesgo mayor para la seguridad de las personas y sus bienes.
Posteriormente Montes citó la ley 2.553, promulgada en el año 2007 que expone que “la actividad de demolición de construcciones, obras subterráneas y excavaciones son actividades críticas y por lo tanto el Poder Ejecutivo puede y debe arbitrar las medidas de prevención, fiscalización y control que esa actividad necesita”.
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